Observación preliminar: las obligaciones previstas en los siguientes anexos se aplicarán siempre que lo exijan las características del punto de trabajo o de la actividad, las circunstancias o cualquier riesgo. Los lugares de trabajo deberán cumplir las disposiciones del anexo V en cuanto a servicios higiénicos y locales de descanso. https://medinaempresarialsst.com/siso/