Se autoriza al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, previo informe de la Comisión Doméstico de Seguridad y Salud en el Trabajo, a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y incremento de este Existente Decreto, así como para las adaptaciones de carácter estrictamente técnico de sus anexos en https://johnathanjtzfm.ziblogs.com/36538406/la-mejor-parte-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-en-ingles