1. Cuando el Inspector de Trabajo y Seguridad Social comprobase la existencia de una infracción a la legislatura sobre prevención de riesgos laborales, requerirá al empresario para la subsanación de las deficiencias observadas, fuera de que por la empeoramiento e inminencia de los riesgos procediese resolver la paralización prevista en https://diagnsticodecondicionesde33333.luwebs.com/36884375/notas-detalladas-sobre-salud-ocupacional