2.4. Contratistas: la retención que hiciera el empresario principal sobre facturación del contratista por deudas de seguridad social, en ningún caso podrá exceder el monto de esta deuda, en su precio proporcional a https://anyalrby714176.digitollblog.com/29991716/un-arma-secreta-para-abogado-de-accidentes-laborales